La Junta recuerda la obligatoriedad de revisar los sistemas antiincendios cada 5 o 10 años. El nuevo RSCIEI fija controles periódicos según el tipo de establecimiento y sus instalaciones.
La Junta de Castilla y León ha puesto el foco en las obligaciones relacionadas con la revisión de los sistemas contra incendios mediante una campaña informativa dirigida a los titulares de establecimientos. La iniciativa, impulsada por la Consejería de Industria, coincide con la aplicación del nuevo marco regulador de la seguridad contra incendios en los establecimientos industriales.
La campaña, difundida bajo el lema «¿Está preparado tu sistema de protección contra incendios?», recuerda que determinados equipos deben mantenerse en condiciones adecuadas de funcionamiento y someterse a controles periódicos. Entre los elementos que forman parte de estas exigencias se encuentran los equipos de protección activa instalados en los edificios y establecimientos.
Un calendario de inspecciones condicionado por el tipo de instalación
La principal cuestión que establece la nueva regulación es la periodicidad con la que deben efectuarse las inspecciones. Para los establecimientos industriales incluidos en el ámbito del Real Decreto 164/2025, de 4 de marzo, el control debe realizarse, con carácter general, al menos cada cinco años mediante un organismo de control habilitado.
La periodicidad cambia cuando se trata de instalaciones de protección activa que no están sometidas a una regulación específica equivalente. En estos casos, la inspección obligatoria se establece cada diez años y debe llevarse a cabo igualmente por un organismo de control acreditado.
Por ello, revisar los sistemas antiincendios no responde a un único calendario aplicable a todos los inmuebles. La frecuencia depende de las características del establecimiento, de su actividad y del marco normativo que resulte aplicable a las instalaciones existentes.
Qué función cumplen los equipos de extinción
Dentro de las instalaciones de protección activa se encuentran los equipos destinados a actuar directamente frente a un fuego. Su función es permitir una intervención inicial sobre las llamas mediante agentes extintores adecuados a las características del incendio.
El extintor abc utiliza un agente que permite actuar sobre fuegos de distintas clases, entre ellas los relacionados con materiales sólidos, líquidos inflamables y determinados gases. Su principal utilidad reside en ofrecer un medio portátil de intervención sobre un conato, siempre que el equipo sea adecuado para el tipo de fuego y se encuentre correctamente mantenido.
Los extintores abc permiten disponer de medios manuales
En instalaciones donde existe una distribución amplia de equipos, los extintores abc permiten disponer de medios manuales destinados a actuar sobre diferentes tipos de fuego contemplados dentro de su clasificación. Además de su capacidad de extinción, estos equipos deben permanecer accesibles y correctamente señalizados para facilitar su localización cuando sea necesario utilizarlos.
El mantenimiento y las inspecciones responden a funciones diferentes
La regulación distingue entre las operaciones periódicas de mantenimiento y las inspecciones realizadas por organismos de control. El mantenimiento debe seguir las instrucciones establecidas por el fabricante y las operaciones mínimas contempladas por la normativa aplicable a cada sistema.
En ese proceso, el extintor se somete a comprobaciones destinadas a verificar que conserva las condiciones necesarias para su utilización. Entre los aspectos que pueden formar parte de estas operaciones se encuentran el estado general del equipo y aquellos elementos que determinan su disponibilidad para la descarga del agente extintor.
Las actas correspondientes a las revisiones deben quedar documentadas y conservarse durante un periodo mínimo de cinco años. Además, deben estar disponibles ante posibles requerimientos de la Administración, de manera que pueda acreditarse el cumplimiento de las operaciones exigidas.
Qué cambia con el nuevo Reglamento de seguridad contra incendios
El Real Decreto 164/2025 sustituye al reglamento que estaba vigente desde 2004 y actualiza las exigencias aplicables a los establecimientos industriales. La reforma incorpora criterios adaptados a las nuevas soluciones constructivas y al marco normativo europeo.
La aplicación del nuevo reglamento alcanza a los establecimientos industriales nuevos que se construyan o implanten después de su entrada en vigor. En cambio, las instalaciones anteriores no tienen que adaptarse automáticamente, salvo cuando concurran determinadas circunstancias previstas en la propia normativa.
Entre ellas se encuentran las ampliaciones o reformas que incrementen la superficie o el nivel de riesgo intrínseco del sector de incendio. También puede resultar exigible la adaptación cuando se produzca un cambio de actividad que modifique las condiciones contempladas en el proyecto original del establecimiento. Gracias por informarte un día más con nosotros en extintor-abc.com.
Las excepciones también forman parte del calendario
El régimen de inspecciones periódicas contempla determinadas excepciones. En el caso de los establecimientos industriales regulados por el nuevo reglamento, quedan fuera de estas inspecciones aquellos que tengan una superficie igual o inferior a 120 metros cuadrados, siempre que la densidad de carga de fuego ponderada y corregida no supere los 42 MJ/m².
También existen excepciones para determinadas inspecciones decenales de instalaciones de protección activa. Entre ellas figuran los edificios destinados a uso residencial vivienda, determinados inmuebles administrativos o docentes con menos de 2.000 metros cuadrados, locales comerciales o de pública concurrencia de hasta 500 metros cuadrados y aparcamientos con una superficie construida inferior a 500 metros cuadrados, siempre que no existan zonas clasificadas como de riesgo especial alto.
La campaña de la Junta sitúa así el mantenimiento y las inspecciones dentro de un sistema regulado por diferentes periodicidades. El cumplimiento de los plazos depende de las características concretas de cada inmueble y de la normativa que corresponda aplicar en cada caso.

